[QNCCMV] 017. Límites a la inmunidad de los parlamentarios
-Los diputados y senadores solamente gozarán de inmunidad en actuaciones vinculadas al ejercicio de sus funciones. En los demás casos, la Sala Segunda del Tribunal Supremo podrá proceder contra los parlamentarios sin necesidad de suplicatorio, previa exposición motivada a la Cámara correspondiente.
Los parlamentarios gozan de una inmunidad absoluta, que les protege tanto en sus actuaciones públicas como en las privadas. Lo que proponemos es el mantenimiento de la inmunidad en la esfera de lo político, y su supresión cuando se trata de delitos que nada tienen que ver con el ejercicio de sus funciones como, por ejemplo, conducir borracho, una estafa o un fraude fiscal. En estos casos, el Supremo podrá actuar sin suplicatorio previa exposición motivada a la Cámara a la que pertenezca el imputado.
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-- Publicado por VRedondoF para QNCCMV el 9/15/2011 02:06:00 AM